¿Puedo obtener una visa tipo U siendo el testigo de un crimen?

La visa U fue creada por el Congreso de los Estados Unidos en el año 2000 para, por un lado, amparar a aquellas personas no-inmigrantes que hayan sido víctimas directas, o indirectas, de crímenes en suelo estadounidense y, por el otro, para otorgarle a las fuerzas de la ley una herramienta fundamental en su lucha contra el crimen. Aquí, la palabra clave es indirectas.

La razón de ser de esta visa es que muchas personas no-inmigrantes, a pesar de haber sido víctimas de crímenes de mayor o menor gravedad, eran reacias a denunciarlos y a colaborar con las fuerzas del orden, por miedo a sufrir una deportación ellas mismas, debido a su situación migratoria irregular. Así, la visa U otorga a aquellas personas no-migrantes que cumplan con los requisitos de elegibilidad la posibilidad de residir legalmente en el país durante un máximo de 4 años.

Uno de los primeros requisitos para poder obtener una visa U es poder demostrar haber sufrido un daño considerable a partir del crimen en cuestión. Aunque la mayoría de estas visas se asignan a víctimas directas de actos criminales, existe la posibilidad de obtener una visa U siendo testigos directos (y no necesariamente víctimas) de un crimen cualificado, siempre y cuando se pueda probar que haber atestiguado el crimen en cuestión ha causado grabes daños emocionales en la persona no-inmigrante (y que dichos daños han sido consecuencia directa de la experiencia).

Así, por ejemplo, si María, una persona no-inmigrante, sufre de un caso severo de estrés postraumático a raíz de haber sido testigo de un abuso sexual, aunque ella no haya sido la víctima directa del abuso, también existe la posibilidad de que adquiera una visa U.

En todo caso, haber sufrido un daño considerable, físico o mental, como consecuencia de un crimen cualificado, o de haber atestiguado un crimen cualificado, no es el único requisito para obtener una visa U. Otro requerimiento fundamental que exigen los lineamientos del UCSIS es colaborar con las fuerzas la ley proporcionando información valiosa que sirva de ayuda para investigar, procesar o condenar el crimen (o los crímenes) en cuestión.

Solicitar una visa U, usted debe trabajar con un abogado con experiencia, y los beneficios de obtenerla incluyen la posibilidad de vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos por un plazo máximo de 4 años, siendo que a partir del tercer año de residencia continua bajo estatus de No-Inmigrante U, el beneficiario de la visa U puede solicitar un Ajuste de Estatus o Residencia Permanente Legal (Green Card), siempre y cuando pueda probar que no ha negado su asistencia a las fuerzas de la ley.

Por último, resulta útil considerar cuáles son los crímenes cualificados englobados dentro de los parámetros de la visa U: acecho, agresión con arma, agresión sexual, asesinato, chantaje, contenido sexual abusivo, detención ilegal, explotación sexual, extorsión, fraude en contratación de mano de obra extranjera, homicidio involuntario, incesto, manipulación de testigos, mutilación genital femenina, obstrucción de justicia, perjurio, prostitución, rapto, restricción ilegal criminal, secuestro, servidumbre involuntaria, toma de rehén, tortura, trabajo forzado, trata de esclavos, trata humana, violación, y violencia doméstica.

A tener en cuenta: no es necesario que estos crímenes sean cometidos para que sean considerados por el UCSIS. En muchos casos, la mera conspiración o intensión de cometerlos alcanza para acceder a una visa U.

Como siempre, es fundamental contar con el asesoramiento de un equipo de profesionales que puedan asistirte en el proceso de tu solicitud.

Este artículo ha sido creado con fines de informar al público con respecto a las leyes de inmigración vigentes en la fecha de su publicación. Las leyes pueden haber cambiado y la información en esta publicación puede haber perdido relevancia. Se les aconseja llamar a nuestra oficina al (619) 717-2233 para hacer una consulta sobre su caso.